Panamá es el País líder mundial en el registro de de botes, embarcaciones y buques, con más de 8200 unidades con Bandera Panameña. Panamá ha registrado más de 82 millones de toneladas, lo que equivale a 82% del tonelaje total mundial.
Una de las razones de esto, es debido a la Ley 57 del año 2008, la cual permitió reorganizar el proceso de registro de la marina mercante en Panamá.
Existen muchas ventajas para realizar el registro de embarcaciones en Panamá.
Antes de la aplicación de la Ley 57, los buques eran registrados sólo por 2 años y tenían que renovarse constantemente. Mientras que la Ley 57 permite que las embarcaciones sean registradas de forma indefinida.
Flotas enteras de buques pueden ser registradas en cualquiera de las 96 oficinas consulares y de registro de Panamá alrededor del mundo. Es menos costoso registrar un buque como embarcación Panameña que de otro país.
Mientras la mayoría de los países pueden registrar embarcaciones nuevas, Panamá permite el registro de embarcaciones con hasta 25 años de antigüedad.
Panamá ofrece entrenamientos exclusivos de navegación a oficiales de tripulación, para lo cual cuenta con la autorización de la Autoridad Marítima Internacional.
Se pueden crear corporaciones sobre quienes repose la propiedad de embarcaciones registradas en Panamá, a fin de proteger los activos y las ganancias resultantes de las operaciones de marina mercante fuera de Panamá para evitar el pago del impuesto sobre la renta.
No existe un requisito de tonelaje mínimo para registrar una embarcación con bandera panameña. Botes pequeños y yates pueden llevar la bandera panameña. Los buques de más de 20 años de antigüedad, serán evaluados por un inspector oficial de Panamá para poder obtener el registro.
La transferencia del registro de un buque en Panamá no requerirá el levantamiento de una nueva inspección de seguridad en caso de que el buque posea vigente su certificado de seguridad. Los certificados anteriores serán aceptados, por lo cual el buque no debe ser atracado en seco e incurrir en gastos considerables.
Panamá permite la doble inscripción (buques extranjeros y buques registrados en Panamá con registro de otros países). Esto es considerado una ventaja por los propietarios de embarcaciones europeas, dado que de otra manera se verían obligados a realizar los registros en otros países e incurrir en gastos más elevados de lo que representa el registro abierto ofrecido en Panamá. Sin embargo, el doble registro pudiera no estar disponible para buques cuya propiedad se encuentra en un País que no lo permita.
Una flota compuesta de 5 a 15 embarcaciones recibirá un 20% de descuento en el Registro de Naves en Panamá. Las flotas con 16 a 50 embarcaciones recibirán un 35% de descuento y las flotas con más de 50 embarcaciones recibirán un 60% de descuento.
Para cualquier buque en construcción se puede solicitar un registro provisional, incluyendo la certificación de llamadas por radio.
Los propietarios de éste tipo de embarcaciones, tales como veleros y yates, pagan una cuota inicial de 1500 Dólares Americanos. Sin embargo, si la propiedad de la embarcación le pertenece a un ciudadano panameño, o a una sociedad o a una fundación de interés privada panameña, el costo será de tan solo 1000 Dólares Americanos.
Por favor contáctenos en caso de requerir asistencia en trámites asociados con las leyes marítimas de Panamá.
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